Van contra chatarra en las universidades
Por AGENCIA REFORMA, Boletin|2 de Agosto

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discutirá el 17 de agosto un proyecto que, por primera vez, declara constitucional la prohibición de vender alimentos chatarra en todas las escuelas, incluidas las de educación superior.

La Segunda Sala de la Corte estudia avalar el Artículo 24 Bis de la Ley General de Educación de 2013, así como los lineamientos de mayo de 2014 por los que se establecieron reglas para el expendio en escuelas de todos los niveles de alimentos y bebidas preparadas y procesadas.

El amparo sería negado a Compañía Embotelladora El Fuerte, integrante del sistema Coca Cola, que en primera instancia logró que un juez federal de Tijuana le concediera la protección para poder vender sus productos en instituciones de educación superior.

Un juez de Tijuana consideró que la prohibición solo es legítima desde preescolar y hasta educación media superior, pero que extenderla a las universidades es un exceso que afecta la libertad de comercio de las empresas, pues los productos se consiguen en otros lugares y los estudiantes son mayores de edad.

Sin embargo, el proyecto del ministro Fernando Franco rechaza este argumento y sostiene que la Constitución no distingue entre grados académicos o edades al garantizar el derecho a la alimentación nutritiva y de calidad.

"El Constituyente determinó que todas las personas tienen derecho a la protección a la salud y, en conexión con ello, que deben prohibirse en todas las escuelas los alimentos que no favorezcan la salud de los educandos con la finalidad de prevenir y disminuir el desarrollo de la obesidad y sobrepeso, los cuales son problemas graves de salud en el país.

"Se evidencia entonces que no es factible determinar, como incorrectamente lo hizo el juez de distrito, una distinción de su aplicación por cuestiones de edad, grado académico o de otra índole, ya que ello no tiene cabida en el texto Constitucional", indica el proyecto.

Hasta ahora, el único pronunciamiento de la Corte sobre el Artículo 24 Bis se dio en septiembre de 2015, cuando el Pleno aclaró que los estados no tienen facultades para expedir lineamientos sobre venta de alimentos en las escuelas.

Los lineamientos de la Secretaría de Educación Pública (SEP), basados en criterios nutrimentales de la Secretaría de Salud, prohiben en general la venta de refrescos y solo la permiten los viernes en versiones de dieta.

Embotelladora El Fuerte presentó en su amparo los argumentos tradicionales de la industria alimenticia en contra de este tipo de restricciones.

"Se vulneran el derecho a la personalidad, propia imagen, identidad personal, libre desarrollo de la personalidad y dignidad humana de los adquirientes y consumidores de nuestros productos", sostuvo la empresa.