Sigue curso legal del caso de locatarios de La Bufadora
Por Benjamín Pacheco/EL VIGÍA, Periodico El Vigia|10 de Marzo

El Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, ubicado en Mexicali, resolvió que el Juez Séptimo de Distrito Víctor Miguel Bravo Melgoza debe admitir el incidente innominado que presentó el XXI Ayuntamiento, informó la abogada Eva Covarrubias Vázquez.

El acuerdo fue publicado en días pasados y, para el 6 de marzo, fue ordenada una apertura de dilación probatoria de 10 días hábiles para el ofrecimiento y desahogo de pruebas.

El incidente innominado, relativo al amparo directo 666/2010, es para justificar el incumplimiento al fallo, y también, pide el cumplimiento sustituto; este último es para el pago de una suma de dinero en sustitución de la entrega del predio evaluado previamente.

"El Juez Séptimo de Distrito debe desahogar las pruebas de ambas partes, tanto de la quejosa como de la autoridad vinculada. Es para ofrecer pruebas, desahogarlas en audiencia y, posteriormente, abrir una etapa de alegatos y dictar una resolución.

"Ya el juez resolverá en relación a si hay, o no hay, incumplimiento a la ejecutoria de amparo que hace mención el Ayuntamiento, y si es factible que se proceda al cumplimiento sustituto. Ahí se va a resolver esa situación”, explicó la abogada.

Descartado el desalojo

Covarrubias Vázquez refirió que no se podrá realizar el desalojo hasta que sea resuelto el incidente presentado por la autoridad vinculada.

"Es por esta razón, no por partido políticos o que lo pidió alguna persona. Se tiene que resolver esto. Una vez que se resuelva se decidirá si se ejecuta o no.

"También existe la posibilidad de que la parte que no resulte a favor puede poner otro recurso legal”, señaló.